ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A. Comisión Nacional del Mercado de Valores Marqués de Villamagna, 3 28001 MADRID

Madrid, 29 de febrero de 2012
Muy Sres. míos:
A los efectos previstos en el artículo 82 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, reguladora del Mercado de Valores, y disposiciones complementarias, pongo en su conocimiento el siguiente Hecho Relevante:
Que el Consejo de Administración de ACS Actividades de Construcción y Servicios S.A., ha adoptado un acuerdo para que las sociedades del Grupo ACS residentes en España ofrezcan a sus empleados la posibilidad de percibir, total o parcialmente, la remuneración variable que les corresponda cobrar en este ejercicio en acciones de ACS, de las cuales ésta dispone en su autocartera.
Siendo el objetivo de esta política retributiva contribuir a la participación de los empleados en la empresa, se aplicará en esta entrega de acciones el régimen de no tributación establecido en el artículo 42.2 de la Ley del IRPF, que exige el mantenimiento de las acciones durante tres años y establece un límite anual de 12.000 € por persona. Con arreglo a ello, el número máximo de acciones a percibir por cada empleado será el equivalente a 12.000€, valorando las acciones según la cotización de cierre correspondiente a la sesión del día anterior al de entrega de las mismas.
La entrega tendrá lugar a partir del día 1 de Marzo y el número total de acciones estará en función del importe que sea voluntariamente solicitado por los beneficiarios y de la cotización de la acción en la fecha de entrega.
Atentamente,
José Luis del Valle Pérez
Consejero-Secretario General